lunes, 27 de octubre de 2008

ESPAÑA según relaciones exteriores


Los mexicanos que se internen como turistas en España no necesitan visa. Pueden permanecer en esta calidad en territorio español durante tres meses por semestre. Actualmente no se están otorgando prórrogas de estancia. Esto quiere decir que, vencido el plazo de los tres meses, el turista mexicano debe abandonar territorio Schengen, so pena de que en las aduanas de los países de la Unión Europea impidan su acceso.

Por tanto, se recomienda que el turista mexicano en España no exceda su estancia de tres meses.

De acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial del Estado Español del 12 de mayo de 2007, los extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea que pretendan ingresar a España a partir del sábado 12 de mayo del 2007, deberán acreditar que cuentan con un mínimo disponible de 513 euros para mantenerse en ese país por un período de hasta 9 días, según orden ministerial conjunta de los Ministerios de Asuntos Exteriores y Cooperación, Interior y Trabajo y Asuntos Sociales. Además del mínimo indispensable, independiente del periodo de estancia en España, el Gobierno establece que, para su sostenimiento, el extranjero deberá acreditar 57.6 euros diarios, por cada día adicional que permanezca en dicho país. Esta cantidad deberá acreditarse mediante efectivo, cheques de viajero o tarjetas de crédito acompañadas del estado de cuenta. Al extranjero que no cumpla con estos requisitos, no le será permitida la entrada.

Además del mínimo indispensable, el extranjero deberá acreditar 57.60 euros
diarios si el tiempo de estancia supera el mínimo antes citado.

Esta cantidad deberá acreditarse mediante efectivo, cheques certificados, cheques de viajero, cartas de pago o tarjetas de crédito acompañadas del extracto bancario o una libreta al día. Al extranjero que no cumpla con estos requisitos, no le será permitida la entrada.

De acuerdo a la información publicada en el Boletín Oficial del Estado Español el pasado 14 de mayo de 2007, las personas que desean ingresar como turistas a España deberán contar con reservación de hotel o una carta invitación, expedida por un nacional español o residente en ese país, la cual deberá estar previamente aprobada por la Comisaría de Policía del lugar de residencia del invitante.


Seguridad

Ser precavido en sus actividades.No brindar información a desconocidos (encuestas telefónicas o personales).Evita los actos rutinarios.Procurar no ser ostentoso (vestimenta, automóviles, joyas, etc.).No portar identificaciones que te vinculen con empresas.Tener siempre presente como pedir auxilio policial.

Moneda Local

En España, la moneda de curso legal es el Euro. Un Euro equivale aproximadamente a un dólar americano.

En España no es posible cambiar pesos mexicanos.

La mayor parte de los establecimientos comerciales acepta tarjetas internacionales. Igualmente existe una extensa red de cajeros automáticos.


Otras Recomendaciones

Los meses de julio y agosto son los más calurosos del año. Durante el mes de agosto se reducen drásticamente los servicios.Los meses más fríos en Barcelona son de noviembre a abril.

En Barcelona es posible encontrar restaurantes para todo tipo de presupuestos. No es costumbre dejar propina en restaurantes o bares.

Teléfonos de Emergencia

900-502-502

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